LA SOBERANIA

 HaBLAMOS QUE EXISTE SOBERANIA PLENA CUANDO UN PAIS TIENE:

Soberanía Territorial: Control legítimo sobre el suelo, subsuelo, espacio aéreo y marítimo (Ej.: Islas del Atlántico Sur, Plataforma Continental, Sector Antártico).

Soberanía Política: Capacidad de dictar leyes propias, elegir autoridades y definir políticas económicas o sociales sin presiones externas.

Soberanía Cultural: Valoración del patrimonio, la historia, la diversidad de identidades, la ciencia y la educación nacional frente a la imposición de modelos culturales foráneos.

ELCASO DE MALVINAS ¿ES UN CONFLICTO DE SOBERANIA TERRITORIAL?

Texto 1: Constitución Nacional Argentina (Disposición Transitoria Primera)

"La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.

La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino."

Texto 2: Resolución 2065 de la Organización de las Naciones Unidas (ONU, 1965)

En 1965, la ONU aprobó una resolución histórica que reconoce la existencia de una disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido por las Islas Malvinas. La resolución establece que el caso es una forma de colonialismo que debe resolverse mediante negociaciones diplomáticas y pacíficas entre ambos países, teniendo en cuenta los intereses de los habitantes de las islas.

¿Por qué las Islas Malvinas son Argentinas?

El conflicto por las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur es, ante todo, un conflicto de soberanía territorial. La soberanía territorial es el derecho exclusivo y pleno que tiene un Estado para ejercer su autoridad sobre su suelo, sus aguas y sus recursos.

La posición argentina sostiene que la ocupación británica actual (iniciada en 1833) es un acto colonial ilegítimo, mientras que la soberanía argentina se fundamenta en sólidos argumentos históricos, geográficos y jurídicos:

Continuidad histórica y heredada de España: Luego de la Revolución de Mayo (1810) y la Independencia (1816), la Argentina heredó legalmente todos los territorios que pertenecían al antiguo Virreinato del Río de la Plata (principio de Uti Possidetis Iuris). Entre 1820 y 1833, gobiernos argentinos ejercieron soberanía efectiva en las islas: nombraron gobernadores (como Luis Vernet), establecieron población civil y dictaron leyes.

La usurpación británica de 1833: En enero de 1833, tropas de la marina británica expulsaron por la fuerza a las autoridades legítimas y a los pobladores argentinos que vivían en las islas, imponiendo a su propia población. Desde ese mismo momento, la Argentina protestó formalmente y nunca renunció a su derecho sobre esos territorios.

Continuidad geográfica y geológica: Las islas están ubicadas dentro de la plataforma continental argentina y a escasa distancia de la Patagonia, constituyendo una prolongación natural de nuestro territorio emergido.

El principio de Integridad Territorial: El Derecho Internacional reconoce que las potencias coloniales no pueden romper la integridad del territorio de un país soberano para implantar una población ajena. Por esta razón, la ONU (Resolución 2065) reconoce que existe una disputa colonial de soberanía que debe resolverse pacíficamente mediante la negociación entre Argentina y Gran Bretaña.

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