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 ¿QUÉ SIGNIFICA “SER CIUDADANOS”?

¿En qué piensan ustedes cuando les preguntan si son ciudadanos? ¿En si

tienen la nacionalidad de este país? ¿En si pueden votar? ¿O en otras cosas, como si pueden acceder a derechos de los que supuestamente gozan los habitantes de nuestra nación? ¿O si pueden participar en cambiar las cosas que creen que no están bien en donde viven?

Todas estas preguntas parten de diferentes conceptos de ciudadanía.

En la República Argentina seguimos teniendo vigente, con modificaciones, una ley de ciudadanía de 1869 (la Ley 346), que establece que son argentinos todos los nacidos en este territorio (salvo los hijos de diplomáticos), los hijos de argentinos que hayan nacido en el extranjero y que opten por la ciudadanía de origen, y todos los extranjeros mayores de edad con residencia de al menos dos años y de buena conducta que quieran hacer el trámite de ciudadanía por naturalización. Es decir que en esta ley se conjugan los conceptos de ciudadanía y nacionalidad.

La ciudadanía se refiere a la inclusión de una persona en un Estado determinado, y al compromiso
mutuo de deberes y derechos. La nacionalidad tiene que ver con el lugar de nacimiento de cada
uno, o del nacimiento de sus ancestros, y también está relacionada con la ciudadanía que se adopta
y con el universo cultural que uno considera propio. Por ejemplo, muchos jóvenes argentinos hijos
de bolivianos se sienten argentinos, y algunos se pueden considerar bolivianos; así como jóvenes
nacidos durante el exilio de sus padres en el extranjero se pueden considerar argentinos o de doble nacionalidad. Es decir, la nacionalidad tiene que ver con lo que se siente que es la patria.

CIUDADANÍAS RESTRINGIDAS
Si uno se pone a reflexionar sobre las palabras “ciudadano” y “ciudad”, y analiza por ejemplo los
derechos que tiene un niño que vive en el centro de una ciudad o en una zona residencial en una
buena vivienda, y los relaciona con los derechos de otros niños que viven en zonas marginales,
mal urbanizadas, o en zonas rurales con hijos de peones o trabajadores campesinos, puede llegar
a pensar que existe una relación entre el habitante de una ciudad y el derecho de ciudadanía.
Un político argentino, héroe de la independencia y asesinado en 1828 por sus opositores cuando era gobernador de la provincia de Buenos Aires, Manuel Dorrego, luchó para que no hubiera diferencias
entre los distintos habitantes. En el Congreso de 1826 se opuso a quienes querían negar el derecho
a voto de aquellos que tuvieran “condición de doméstico a sueldo, jornalero, soldado” porque
decían que los asalariados iban a estar influenciados por los patrones. Dorrego replicó que si era
por eso, los empleados públicos –que sí tenían derecho a votar– también sufrirían influencias, y si
se dejaban de lado los trabajadores, el régimen resultaría una aristocracia.
Sin embargo, en ese momento los congresales restringieron el voto; con la Ley Sáenz Peña de 1912,
los varones pudieron votar, pero las mujeres siguieron estando excluidas hasta la ley de 1947.
Cuando existen ciudadanos que no tienen posibilidades de ejercer todos los derechos con que cuentan como personas, debido a la desigualdad ante la ley o a la falta de oportunidades, se habla de ciudadanías parciales. Cuando la situación es incluso más drástica, y se produce una gran fragmentación social y económica, la exclusión de derechos en determinadas capas de la población muestra la coexistencia dentro de un mismo Estado de súbditos (que no tienen posibilidades de participar, solo les cabe someterse a la ley, como cuando el rey era el soberano absoluto) y ciudadanos (con derechos). Súbdito, entonces, se considera al habitante de un país, que debe simplemente acatar las leyes, sin poder contribuir a su formulación o discusión, ni siquiera a través de sus representantes, ni tampoco goza de muchos de los derechos humanos que le corresponden. Esto no siempre sucede porque sus derechos no están establecidos por ley, porque exista “desigualdad ante la ley”, sino porque no existen
políticas públicas para que se cumplan, o porque no hay políticos o intereses locales que las lleven adelante.
Es por eso que la ciudadanía está asociada al hecho de la lucha por las conquistas sociales, a la
organización de la comunidad para un desarrollo más pleno de la sociedad toda. Un derecho por
el que no se trabaja ni se lucha, que no se hace consciente en la sociedad, puede llegar a ser un
derecho que se pierde.

LOS MENORES DE EDAD ¿SON CIUDADANOS?
Los menores de edad son las personas que no han cumplido dieciocho años. Se considera adolescente,
según el nuevo Código Civil y Comercial (CCyC), a los menores de edad a partir de los trece años. De
acuerdo a lo establecido en la denominada ley de voto joven (Ley de Ciudadanía Argentina 26.774)
los jóvenes argentinos desde los 16 hasta los 18 años tienen derecho al voto, aunque no obligación.
Como vimos en el apartado “Concepto restringido y amplio de ciudadanía”, según el concepto
amplio, que es el que se toma en cuenta desde el punto de vista de los derechos humanos, los
menores de edad son ciudadanos. Sin embargo, como analizamos en “Ciudadanías restringidas”,
en general siempre quedan personas sin inclusión en los derechos que les debieran corresponder.
Más allá de estos análisis y de la Declaración de los Derechos del Niño de la ONU (donde se
considera niños a todos los menores de 18 años), lo cierto es que existe desigualdad con
los otros ciudadanos mayores, ya que hay derechos que les son negados, no reconocidos o
posdatados por su condición de menores, y tampoco tienen varias responsabilidades, que les
caben a sus responsables.
 

FACTORES QUE CONDICIONAN LOS DERECHOS HUMANOS 

Factores políticos. Como ya señalamos, la vigencia de los Derechos Humanos requiere de la existencia de una sociedad democrática, que respete la libertad política, el pluralismo y a las minorías, si existieran. También es necesario que el sistema político democrático funcione con normalidad ya que históricamente durante las crisis, las revoluciones o los gobiernos de facto, se han registrado numerosas violaciones a los Derechos Humanos. En nuestro país, desde 1930 se produjeron seis golpes de Estado, que derrocaron gobiernos constitucionales e implantaron dictaduras. Esos periodos se caracterizaron por el desprecio de la dignidad humana, expresado en la utilización de métodos aberrantes para asegurar el dominio y acallar toda actitud critica: desde privar a los opositores de sus fuentes de trabajo y condenarlos al exilio, hasta el empleo de la tortura y el crimen.

Factores culturales. Para garantizar la vigencia de los Derechos Humanos, es necesario que éstos sean difundidos a toda la sociedad, de manera que las personas -titulares de esos derechos-los conozcan y asimilen sus contenidos. Es imprescindible, entonces, que la sociedad tenga la voluntad de llevar a la práctica estos derechos y el interés de convivir bajo su amparo. Esta situación también está estrechamente relacionada con la existencia de un régimen democrático: muchas veces los gobiernos dictatoriales cuentan con la ignorancia de la población en materia de Derechos Humanos para impedir reclamos que pueden derivar en rebeliones a la autoridad instaurada por la fuerza. Por eso, ninguna dictadura los difunde ni se preocupa de que sean enseñados en las escuelas. Por el contrario, en los paises que tienen una larga tradición democrática, los Derechos Humanos se defienden y se difunden.

Factores materiales. Muchas veces, la capacidad de un Estado para garantizar la vigencia de los Derechos Humanos depende de su ubicación geográfica, de la homogeneidad o heterogeneidad de su población o de la densidad de la misma, de la posibilidad de generar riquezas y de distribuirlas con justicia. Sin embargo, en distintas partes del mundo, habitualmente, las sociedades son desiguales y no todos los habitantes logran satisfacer sus necesidades básicas; o bien la movilidad social es escasa, pues no todos tienen las mismas oportunidades de crecer y desarrollarse. La miseria, el desempleo, el analfabetismo y la marginación son factores que atentan directamente contra la vigencia de los derechos y contra la necesidad que tiene toda persona de vivir con dignidad.



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